Como un acto valeroso y digno de imitar por otros organismos de control y de investigación, calificó la Asociación Colombiana de Empresas Sociales del Estado y Hospitales Públicos – ACESI-, la posición que viene ejerciendo la actual administración de la Contraloría General de la República, en cabeza de Sandra Morelli, quien en las últimas horas denunció los vicios de la reforma a la salud que cursa ahora en la Cámara de Representantes.
Olga Lucía Zuluaga Rodríguez, directora ejecutiva del gremio dijo la CRG ha sido la única que ha puesto el “dedo en la llaga” con respecto al manejo indebido de los recursos de la salud de los colombianos, la que ha reiterado que la crisis del sistema inicia con el irrespeto al derecho fundamental que está definido en la Constitución de 1991.
“Hay que admitir que la alta funcionaria ha hecho una excepcional defensa de los derechos que tenemos todos los colombianos, por encima de los intereses de unos pocos en el sector privado que conciben la salud como un negocio que debe dar utilidades. Su extraordinaria motivación por encontrar los responsable de la crisis debe ser resaltada por la opinión pública, como un acto de valor civil”, sostuvo.
La Directora de ACESI explicó que a partir del análisis de la Ley Ordinaria que tiene su tránsito en el Congreso, la Contraloría pudo identificar una estrategia que permite el favorecimiento de algunos actores del sistema que cambian de nombre a través de esta reforma pero no significativamente en sus roles actuales, lo que conlleva a la amenaza del acceso a los servicios de salud por parte de los ciudadanos, la violación al derecho de libre escogencia de los usuarios, y además favorece la estructuración de un mercado oligopólico de los servicios.
“Esto se puede comprobar cuando se propone estructurar acciones en la reforma como derogar artículos de la Ley 1438 de 2011 que procuraban garantizar la sostenibilidad de las Empresas Sociales del Estado del primer nivel de atención –que en ocasiones es la única oferta de servicios existente en algunas zonas del país- (artículo 98, “Vigencia y derogatorias”); se permite que exista la integración vertical de servicios de salud por parte de los Gestores de Servicios de Salud en el primer nivel de atención (artículo 38, “Integración vertical”), y se permite que estos mismos Gestores sean quien desarrollen los plantes territoriales de salud en las regiones (artículo 7, Planeación en salud pública), afirmó.
La dirigente gremial advirtió justamente que es evidente lo anterior en escenarios como el del primer nivel de atención en las que se integran los componentes de intervenciones colectivos y el de intervenciones individuales de salud pública… “En otras palabras se induce a la extinción de la red pública iniciando con el primer nivel de atención, para dejar empoderado a los actores gestores privados en ese mismo nivel al permitírseles integración vertical y construir los planes de salud territorial”, puntualizó.