Para estar al día, nueva normatividad Minsalud

Decreto 294 de 2017, Por el cual se modifican los artículos 2.1.10.6.2 . y 2.1.10.6.8 del Capítulo 6 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.
 
Resumen: Que los artículos 2.1.10.6.2. y 2.1.10.6.8 ibídem, definieron en el ámbito de aplicación los destinatarios de las disposiciones allí previstas sin que se incluyeran a los menores de edad niños, niñas y adolescentes hijos de los integrantes de las FARC – EP, por no ostentar la calidad de miembros del grupo, y determinó que el Ministerio de Salud y Protección Social efectuará el proceso de reconocimiento, liquidación y giro de los recursos correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación – UPC 
– Resolución 493 de 2017, Por la cual se modifica la Resolución 4244 de 2015, Que mediante Resolución 4244 de 2015, modificada por la Resolución 5569 del mismo año, se establecieron los requisitos para el trámite y pago de los recobros y reclamaciones que hayan sido auditados por el Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA y sobre los cuales no haya operado el término de la caducidad de la acción legal que corresponda.
 
Resumen: Que con el fin de que la medida de reconocimiento y pago sea efectiva, y permita el flujo oportuno y ágil de los recursos al Sistema General de Seguridad Social en Salud para asegurar la sostenibilidad financiera, se hace necesario que dentro del procedimiento se dé la posibilidad a los recobrantes y reclamantes de hacer las precisiones a los resultados de auditoría de este mecanismo, en procura de acreditar el cumplimiento de los requisitos esenciales de la solicitud y obtener el pago de los valores cobrados con cargo a los recursos del FOSYGA.
Resolución 533 de 2017, «Por la cual se definen los montos a pagar a las Entidades Promotoras de Salud -EPS y Entidades Obligadas a Compensar -EOC de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, en aplicación de la Resolución 975 de 2016» 
 
Resumen: La presente resolución tiene por objeto definir los montos a aportar, reconocer y pagar, en aplicación del mecanismo para incentivar los resultados en salud de la enfermedad huérfana «déficit congénito del factor VIII» (Hemofilia A Severa), a las Entidades Promotoras de Salud -EPS y Entidades Obligadas a Compensar -EOC de los Regímenes Contributivo y Subsidiado. 

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